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  1. Para efectos de recibir el pago correspondiente a su sueldo, deben estar completos los documentos del expediente personal del trabajador, de lo contrario no se generará su pago.
  2. No se elaborarán cheques extraordinarios fuera de la nómina ordinaria.
  3. Todos los pagos deberán tramitarse en apego al calendario anual de nóminas publicado por la Dirección de Recursos Humanos (DRH).
  4. El pago de nómina se realizará estrictamente a partir del otorgamiento de clave de trabajador, ya que el reconocimiento de ésta es requisito indispensable para prestar servicios a la UAQ.
  5. Las percepciones por solicitudes de gasto tendrán un tope de $ 6,500.00 quincenales.
  6. Las percepciones por asimilados se realizarán de acuerdo con el tabulador vigente.
  7. Todo trabajador que requiera de una ampliación y/o aclaración de percepciones o deducciones en su recibo de pago, se remitirá al Director de Recursos Humanos.
  8. La DRH gestionará los procesos de prestaciones y seguridad social que contempla el marco legal, laboral, y contractual que contempla el CCT del STEUAQ y el CCT del SUPAUAQ.
  9. La DRH gestionará los procesos de prestaciones y seguridad social que contempla el marco legal y laboral para el personal de confianza.
  10. El pago de auto suplencias por concepto de vacaciones por antigüedad en el personal administrativo se cubrirá con base en la categoría más baja del rango que ocupa en su momento el trabajador.
  11. La DRH será la única instancia oficial facultada para extender una credencial que identifique al personal como trabajador de la Institución.
  12. Todo permiso económico, no económico y vacaciones por antigüedad, de los trabajadores administrativos, deberán ser solicitados a la DRH con 48 horas de anticipación.
  13. No habrá trabajadores suplentes por descarga laboral, derivada de permuta de horas de trabajo por estudios comprobables.
  14. El diseño de los puestos y perfiles de cargo es competencia de la DRH, así como su evaluación y actualización cuando ésta así lo determine.
  15. Para efectos de reclutamiento de personal administrativo, la DRH, en apego a un puntual y absoluto respeto al CCT del personal administrativo sindicalizado, se coordinará con el STEUAQ en los procesos de reclutamiento de personal que requiera la Institución.
  16. Para efectos de reclutamiento de personal de confianza, la DRH atenderá el proceso a través de los mecanismos internos y externos que la DRH marque para cada caso en lo particular.
  17. Para efectos de selección de personal administrativo, la DRH, en apego a un puntual y absoluto respeto al CCT del personal administrativo sindicalizado, se coordinará con el STEUAQ en los procesos de selección de personal que requiera la Institución.
  18. Para efectos de selección de personal de confianza, la DRH atenderá el proceso a través de los mecanismos internos y externos que la DRH marque para cada caso en lo particular.
  19. La DRH debe contar oportunamente con el detalle de información del prestador de servicios profesionales, para poder proceder a la contratación.
  20. Para efectos de contratación y control de personal docente, la DRH en coordinación con el SUPAUAQ, se apegará al marco legal que contempla la Ley en materia laboral.
  21. Para efectos de contratación y control de personal administrativo sindicalizado, la DRH en coordinación con el STEUAQ, se apegará al marco legal que contempla la Ley en materia laboral.
  22. Para efectos de contratación y control de personal de confianza, la DRH se apegará al marco legal que contempla la Ley en materia laboral.
  23. La DRH dará a conocer a través de las convocatorias correspondientes, los puntos y requerimientos necesarios para el proceso de contratación de personal administrativo sindicalizado y de confianza.
  24. La DRH, definirá los mecanismos institucionales necesarios para mantener un sistema de registro y control de asistencias, faltas, retardos, entradas y salidas del personal administrativo de la institución.
  25. Toda vez que se realice el procedimiento de cambio de adscripción de trabajadores docentes o administrativos, se notificará a la Contraloría dicho cambio para la reasignación de activos fijos al resguardo del trabajador y a la Dirección de Planeación y Gestión Institucional para actualizar los indicadores académicos.
  26. La actualización de los expedientes de trabajador deberá ajustarse a los términos marcados por la DRH en cuanto a tiempos y formas.
  27. La DRH en coordinación con el STEUAQ, llevarán a cabo el proceso de inducción para el caso del personal administrativo sindicalizado de nuevo ingreso.
  28. La DRH determinará los mecanismos institucionales para llevar a cabo el proceso de inducción para el caso del personal de confianza de nuevo ingreso.
  29. La DRH contará con un plan semestral de capacitación que favorezca el desarrollo de competencias laborales requeridas para garantizar un servicio universitario de calidad, diferido en convocatorias bimestrales a través de circulares y publicaciones en el sitio web.
  30. La DRH definirá los requisitos para registro de programas de capacitación especializada en el plan semestral de capacitación, sometiendo su evaluación al procedimiento vigente.
  31. Como seguimiento al desempeño del personal administrativo, la DRH realizará, en colaboración con los titulares de unidad, la evaluación global de desempeño semestral.
  32. Para efectos de promoción del personal administrativo, la DRH se coordinará con el STEUAQ para integrar un programa institucional de promociones.
  33. Todos los procesos de promoción y regularización (otorgamiento de base) del personal de confianza se realizarán única y exclusivamente durante las convocatorias correspondientes determinadas por la DRH.
  34. La DRH determinará los procesos de finalización de relación laboral con la UAQ, en apego a los CCT del SUPAUAQ, STEUAQ y a la Ley en materia laboral vigente.
  35. Para efectos gestión de la información laboral de los trabajadores de la UAQ, la DRH determinará lo sistemas necesarios que le permitan, en coordinación con las facultades, escuelas y dependencias centrales internas administrativas, mantener una base de datos completa y actualizada.
  36. Toda solicitud de referencias de trabajadores o ex trabajadores de la UAQ, deben ser solicitadas formalmente a la DRH por oficio para su valoración y respuesta.